La atención a la diversidad en los centros educativos queda recogida en el Plan de Atención a la Diversidad que anualmente elaboran los centros docentes especificando el conjunto de actuaciones y medidas educativas y organizativas que el centro diseña y desarrolla para adecuar la respuesta a las necesidades educativas del alumnado en él escolarizado.
Medidas de Atención a la Diversidad.
Hay dos tipos de medidas de Atención a la Diversidad: ordinarias y específicas.
Las MEDIDAS ORDINARIAS de atención a la diversidad son aquellas estrategias organizativas y metodológicas destinadas a todo el alumnado que faciliten la adecuación del currículo a sus características individuales y al contexto sociocultural del centro, con objeto de proporcionar una atención individualizada en el proceso de enseñanza y aprendizaje sin modificar los objetivos generales de cada una de las etapas. Son las siguientes:
Cuando un alumno presenta dificultades de aprendizaje, se han de poner en marcha estas medidas ordinarias, contando con el asesoramiento del orientador. Si a pesar de ello, las dificultades persisten, puede derivar el caso al EOEP a fin de hacer una evaluación psicopedagógica completa, cumplimentando el siguiente Documento de Derivación. Así mismo, para llevar a cabo dicha valoración, se necesita la autorización de los padres/tutores del menor cumplimentando ésta documentación (Anexo II).
Las MEDIDAS ESPECÍFICAS de atención a la diversidad son todos aquellos programas, actuaciones y estrategias de carácter organizativo y curricular que precise el alumno con necesidad específica de apoyo educativo que no haya obtenido el resultado esperado a través de las medidas ordinarias. Son las siguientes: